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El Gobierno de Canarias entrega el nuevo decreto del alquiler vacacional a cabildos y ayuntamientos
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El Gobierno de Canarias entrega el nuevo decreto del alquiler vacacional a cabildos y ayuntamientos

jueves 28 de febrero de 2019, 17:18h

La Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias ha entregado el nuevo decreto del alquiler vacacional a los siete cabildos y los 88 ayuntamientos, representados por la Fecam y la Fecai, con el objetivo de que estas administraciones puedan estudiar la normativa y hacer llegar sus propuestas.

El consejero de Turismo, Cultura y Deportes, Isaac Castellano, el viceconsejero de Turismo, Cristóbal de la Rosa, y la directora general de Ordenación Turística, Candelaria Umpiérrez, lideraron estas reuniones, que se celebrarán también con representantes del sector como la FEHT, Ascav, Ashotel, Asofuer, Asolan y Excelfuer, entre otros, así como administradores de fincas y otros agentes implicados.

“El objetivo de la norma es proporcionar las herramientas necesarias para que las administraciones locales puedan evitar distorsiones en el mercado del alquiler en sus respectivas islas y municipios”, explicó Isaac Castellano, quien añadió: “La voluntad del Gobierno de Canarias es garantizar el derecho a la vivienda de todos los ciudadanos y ciudadanas de las Islas, sin por ello demonizar el alquiler vacacional, que se ha comprobado que es un sector que, cuando cumple los requisitos legales y de calidad, impulsa la recaudación de impuestos y la contratación laboral”.

En la misma línea se manifestó el viceconsejero de Turismo, Cristóbal de la Rosa, quien explicó que “corresponde al Gobierno de Canarias mejorar la ordenación de la actividad turística, en este caso del alquiler de viviendas para uso turístico, fijar las condiciones que se consideren imprescindibles para que se realice con calidad, seguridad jurídica y respeto a los derechos del turista, de quien alquila la vivienda, de los residentes de la zona y de la sociedad en su conjunto”. De la Rosa añadió que “es preciso enfatizar que la ordenación turística no puede comprenderse al margen de la planificación del territorio y del urbanismo, competencias estas últimas de cabildos y ayuntamientos, respectivamente”

Por su parte, la directora general de Ordenación Turística, Candelaria Umpiérrez, aseguró que otro de los objetivos irrenunciables es que no se fomente la competencia desleal: “Queremos que las plataformas digitales se hagan responsables de la veracidad de la información que ofrecen y que no cedan su espacio a viviendas que no cumplan los requisitos legales y de calidad”.

La modificación del decreto, que se adapta a las sentencias emitidas por el Tribunal Supremo en diciembre de 2018 y enero de 2019, recoge que hasta que no se adapten los instrumentos de ordenación territorial y urbanística, se podrán aprobar ordenanzas insulares y municipales que regulen los aspectos territoriales y urbanísticos de implantación de esta modalidad de alojamiento turístico.

Asimismo, la norma establece principios rectores básicos para los instrumentos de planeación que se basan en cuatro pilares: desarrollar nuevas tipologías de alojamiento turístico para incrementar la calidad y competitividad del destino y el crecimiento de la economía local y del Archipiélago; armonizar la expansión de esta oferta turística con el desarrollo del resto de los sectores económicos, con la consecución de un equilibrio social que satisfaga las necesidades de residentes y turistas, así como con las infraestructuras, servicios y equipamientos existentes; compatibilizar el uso de vivienda vacacional con la finalidad de proteger el medio ambiente, el desarrollo sostenible y el uso eficiente del suelo y demás recursos naturales; y, finalmente, respetar la proporcionalidad y el carácter no absoluto en la implantación del uso de vivienda vacacional para que contribuya a asegurar la calidad de vida de la población residente, su bienestar social y la conservación de los signos de identidad cultural, favoreciendo la integración de la actividad en el entorno económico, cultural, social y ambiental de cada isla, municipio y núcleo.

La modificación del decreto propone además determinados parámetros que pueden ser utilizados en la planificación insular para fijar estándares territoriales en la implantación de la vivienda vacacional, como la superficie relativa de suelo destinado a uso turístico y a uso residencial, la suficiencia de las infraestructuras, la distribución equilibrada de los usos, el impacto en los equipamientos, los impactos en la sostenibilidad ambiental, social, económica y referidos al territorio, las densidades de población y los ratios de viviendas públicas.

Entre otras novedades, se prohíbe alquilar las viviendas protegidas, se refuerzan los requisitos generales para poder destinar una residencia a vivienda vacacional, se exige a las plataformas digitales la publicación del número de inscripción en el Registro General Turístico de la Comunidad Autónoma de Canarias que se haya asignado y se establece la necesidad de que las personas explotadoras de viviendas vacacionales integradas en edificaciones sometidas a régimen de propiedad horizontal pongan a disposición de la comunidad de propietarios un número de teléfono de atención, en horario 24 horas, a fin de poder comunicar incidencias que se puedan producir y que les afecten. Se plantea asimismo la necesidad de que, en caso de contratarse personal, se deberán cumplir las normas laborales, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales aplicables a los trabajadores, así como el convenio colectivo que sea de aplicación.

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